5 de Mayo de 2003 • Edición número 1,304
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Economí[a]
Un dólar terco a bajar

Aunque las autoridades han tomado medidas para situar la divisa norteamericana al 21 por uno, la realidad es que la tasa promedio del dólar está entre 23 y 25 pesos por uno




Por Juan de la Cruz

Las autoridades monetarias y el Poder Ejecutivo han tomado una serie de medidas orientadas a reducir el circulante y controlar el crecimiento de diversos sectores de la economía nacional, con el propósito de alcanzar una reducción significativa de la tasa de cambio del dólar hasta estabilizarla al 21 por uno. Esto ha resultado un imposible, ya que parece ser que la verdadera estabilidad de la moneda norteamericana en la República Dominicana está entre 23 y 25 pesos por uno.

La desmonetización de aproximadamente 5,500 millones de pesos, la reducción del gasto corriente en cerca de 1,500 millones de pesos, la emisión y colocación en el mercado nacional de 5,000 millones de pesos en certificados de inversión con participación del público, así como la creación del Equipo Coordinador de Política Económica, oficializado mediante el decreto 309-03 e integrado por cuatro representantes del Gobierno y tres representantes del sector privado, son las medidas más recientes adoptadas por el Gobierno y el sector financiero nacional para lograr bajar la tasa de cambio.

El 8 de diciembre del 2002 la Junta Monetaria había adoptado una serie de medidas orientadas a regular el mercado del dólar, las cuales pueden sintetizarse así: Las entidades de intermediación financieras no podían mantener excedentes de divisas después de un plazo de 24 (veinticuatro) horas, por lo cual debían liquidar dichos excedentes a través de la mesa de cambio del Banco Central.

Cuando se comprobara que alguno de los intermediarios cambiarios autorizados realizaran operaciones de divisas al margen de las disposiciones cambiarias vigentes, la Superintendencia de Bancos debía aplicar sanciones como las siguientes:

A) La suspensión por quince (15) días laborables de las operaciones de compra y venta de divisas, cuando la falta sea por primera vez.

B) Suspensión de las operaciones de compra y venta de divisas por treinta (30) días laborables, cuando se compruebe la falta por segunda vez.

C) Intervención de todas las operaciones financieras y de comercio exterior de la entidad infractora, cuando la infracción se produzca por tercera vez, en el caso de los bancos múltiples, y suspensión definitiva de la autorización para operar como tal, en el caso de los agentes de cambio y demás intermediarios cambiarios.

Tope de crédito hasta el 1ro. de marzo del 2003 a las asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de ahorro y crédito, bancos de desarrollo e hipotecarios, corporaciones de crédito, financieras y casas de préstamos de menor cuantía, excluyendo la cartera hipotecaria, en los casos que aplique.

Tope a las inversiones en valores de los bancos múltiples, las asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de ahorro y crédito, bancos de desarrollo e hipotecarios, corporaciones de crédito, financieras y casas de préstamos de menor cuantía, hasta el 1ro. de marzo del 2003, excluyendo las inversiones en títulos del Banco Central.

Extensión del período de vigencia de los topes establecidos a la cartera de préstamos y las operaciones contingentes de los bancos múltiples dirigidas al sector público, de manera que en lugar de vencer el 31 de diciembre del 2002 lo hagan el 1ro. de marzo del 2003.

Extensión del período de vigencia del tope establecido a la cartera de préstamos de los bancos múltiples en moneda nacional dirigida al sector privado, para que en lugar de vencer el 31 de enero del 2003 venza el 1ro. de marzo del próximo año.

Posposición, hasta el 30 de junio del 2003, de los vencimientos de los Certificados de Participación del Banco Central, de las asociaciones de ahorros y préstamos y de los bancos múltiples que estaban estipulados para el primer trimestre del 2003.

MEDIDAS ADICIONALES

Días después la Junta Monetaria tomó un conjunto de medidas adicionales dirigidas a restringir el circulante con miras a frenar el crecimiento de la tasa del dólar como fueron la de elevar el encaje legal de 17 a 20% en la banca múltiple; el coeficiente de reservas de liquidez exigido a la banca múltiple sobre los depósitos en moneda extranjera de 10 a 20%; la tasa de encaje legal aplicada a las asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de desarrollo e hipotecarios de un 10 a un 15%, así como el valor de los certificados financieros entre 28 a 30%, con lo cual se sacó del mercado de capital más de 9 mil millones de pesos.

A lo anterior se adiciona el establecimiento por decreto del Poder Ejecutivo de un 10% de recargo a las importaciones, del que sólo se exceptúan los alimentos, medicinas, bienes de capital y las materias primas.

En su primera sesión ordinaria del 2003, como parte de las medidas adoptadas para fortalecer la posición del peso dominicano en el mercado cambiario, la Junta Monetaria anunció la venta de RD$2,000 millones en certificados de participación del Banco Central, los cuales se ofertarían para ser adquiridos por inversionistas institucionales. Así mismo, se acordó que las autoridades del Banco Central procederían a reunirse en los días siguientes con las entidades representativas de los diferentes sectores económicos del país, incluyendo los intermediarios cambiarios, con el propósito de ofrecer una presentación detallada de las perspectivas económicas del 2003.

Posteriormente la Junta Monetaria decidió extender por treinta días adicionales el límite de la cartera de préstamos e inversiones de todas las entidades de intermediación financiera. La extensión de este período hasta el 15 de abril fue adoptada mediante modificación de la cuarta resolución dictada el 25 de febrero del presente año, y las autoridades dejaron abierta la posibilidad de que dicho plazo sea revisado.

La resolución de la Junta Monetaria dispone: “Modificar la cuarta resolución dictada por este organismo el 25 de febrero de 2003, y a tal efecto se prorroga hasta el 15 de abril del 2003 el límite de la cartera de préstamos e inversiones de todas las entidades de intermediación financiera, en el entendido de que dicho plazo podrá ser revisado si las condiciones imperantes así lo justifican”.

El presidente Hipólito Mejía cambió el gobernador del Banco Central, colocando en el puesto a José Lois Malkún, quien hasta ese momento se desempeñaba como secretario de Estado de Finanzas, y designó en la vacante que éste dejó al entonces Secretario Técnico de la Presidencia, Rafael Calderón, con lo cual se buscaba generar la confianza perdida entre los diversos agentes de la economía nacional.

Luego el Ejecutivo procedió a reestructurar la Junta Monetaria, mediante el decreto 308-03, siendo los nuevos miembros del organismo: ingeniero agrónomo Carlos Aquino González, en sustitución del ingeniero Domingo Marte; licenciado Juan Francisco Garrigó Matos, en sustitución de la licenciada Sonia Guzmán de Hernández, actual secretaria de Industria y Comercio; licenciado Miguel Feris Iglesias, en sustitución del licenciado Carlos Despradel, hoy Secretario Técnico de la Presidencia.

Así mismo, fue designado miembro de la Junta Monetaria el licenciado Luis Manuel Piantini, en sustitución del licenciado Eduardo García Michel, y fueron nombrados suplentes la licenciada Carolina Mejía y el licenciado Francisco García, en sustitución de la licenciada Magdalena Rathe y el empresario José A. León Asencio.

Ningunas de estas medidas han logrado la efectividad que esperaban las autoridades gubernamentales y la cúpula económica del país, quienes se reúnen todas las semanas para evaluar el comportamiento del mercado cambiario y determinar si es necesario tomar nuevas disposiciones que hagan descender la tasa del dólar en el país. Aunque la realidad lo que pone en claro es que la tasa de cambio promedio en el país hay que situarla entre el 23 y el 25 por uno.

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