13 de Enero del 2003 • Edición número 1,288
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Los organismos del Estado trabajan en conjunto para tratar de acabar con la piratería de programas de computadoras (software) y con la falsificación de marcas de ropas de vestir, piezas de automóviles y artículos farmacéuticos, aunque reconocen que queda mucho trecho por recorrer.

El gran negocio de
la falsificación




Por Luis Betances

Aunque parece una lucha poco fructífera el Departamento de Propiedad Intelectual, de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, continúa librándola, consciente de lo difícil que es la meta de erradicar del todo la falsificación de productos intelectuales e industriales.

Ahora que los fabricantes de computadoras en cierto modo “legalizan” la falsificación de software, al incluir “quemadores” en los equipos que venden para reproducir material en discos compactos, el trabajo se hace mucho más arduo, más aún cuando un cidí en blanco cuesta menos que un casete común y corriente.

Sobre esta forma de violar la ley la doctora Carmen Chevalier, ayudante fiscal y coordinadora del Departamento de Propiedad Intelectual, nos dice que las ropas y los repuestos de vehículos son los que más se falsifican, sin dejar de mencionar los discos compactos pirateados.

Las leyes dominicanas sobre derecho de autor permiten una copia privada, aunque sea un programa de computadoras, porque se supone que el contenido de ese disco lo instalas en la computadora y te quedas con el cidí como soporte para reinstalarlo en el futuro si es necesario. Pero cuando instalas ese programa en otro computador inmediatamente comienzas a violar la ley; si tienes un solo programa y dos computadoras dentro de un mismo local eres susceptible de ser enjuiciado, porque en ese caso no vale que estés usando el derecho a una copia.

Con relación a las piezas de vehículos, Chevalier indica que todas son de fabricación extranjera, contrario a las piezas de vestir en que la gran mayoría de las marcas mundialmente conocidas son falsificadas en suelo dominicano. Los repuestos de vehículos son incautados en manos de quien se encuentren, de acuerdo a los convenios internacionales, no importando cuál sea el destino de los mismos.

Si por el puerto de Haina arriba un cargamento de piezas procedentes de China, marca Honda, nos explican en la Procuraduría que para el Departamento de Propiedad Intelectual poder incautarlas debe esta empresa querellarse para que se le pueda hacer una oposición a su entrega en aduanas. Se incauta el producto y se inicia entonces el proceso penal.

PIRATAS DE LA DUARTE

De acuerdo a la ayudante fiscal, República Dominicana tiene un sitial preponderante en la lucha contra las falsificaciones, comparada con otros países de Latinoamérica.

Chevalier reconoce que limpiar de productos falsificados la avenida Duarte es un trabajo inmenso, pero que ella y su departamento están dispuestos a hacerlo, tal como lo hacen cada cierto tiempo. Dijo que en el caso de la popular avenida utilizan el factor sorpresa, actuando en ocasiones con 30 ayudantes fiscales al mismo tiempo, pero que lamentablemente la voz corre demasiado rápido y muchos vendedores ambulantes logran desaparecer del área ante de los operativos.

La funcionaria quiere que los consumidores entiendan que al comprar un producto falsificado se le está haciendo daño al productor nacional y al dueño de la marca, porque al venderse un pantalón falso tal vez no se dejó de vender un original, “pero estimo que de tres falsos que se venden pudo haberse vendido un original”.

LAS PENAS

En el Departamento de Propiedad Intelectual se están aplicando tres leyes especiales, entre ellas la 65-00, sobre derecho de autor, que sanciona con prisión correccional de tres meses a tres años y multa de 50 hasta mil salarios mínimos. También está en vigencia la Ley 20-00, sobre propiedad industrial, que sanciona con multas de 10 a 50 salarios mínimos y prisión correccional de tres meses a dos años. Esta dependencia de la Procuraduría Fiscal tiene a su cargo el Código de Salud –Ley 42-01–, que sanciona las fábricas clandestinas de productos químicos y farmacéuticos, las que no cumplen los reglamentos que exige Salud Pública.

En el caso de los libros pirateados, Chevalier alega que para actuar necesitan también de una denuncia que indique en qué local están ubicados para entonces proceder con la incautación.

Los derechos de autor

La República Dominicana ha ido ratificando distintos acuerdos internacionales sobre derecho de autor en los que se ha reconocido a los programas de computadoras o software como una obra. Por ejemplo, el 21 de agosto del 2000 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 65-00, sobre derecho de autor, que modificó la Ley 32-86, del 4 de julio de 1986, promulgando además el 21 de marzo del 2001 el Reglamento de Aplicación No. 362-01.

De acuerdo a la Ley 65-00 los programas de computadoras están definidos como “expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o cualquier otra forma, que al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada son capaces de hacer que una computadora u otro tipo de máquina ejecute una tarea u obtenga un resultado”.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es una institución internacional perteneciente a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) destinada a proteger los derechos de los creadores y titulares de propiedad intelectual en todo el mundo para que los mismos sean remunerados por su trabajo. Un total de 179 países forman parte de la OMPI.

Edwin Espinal, director de la Oficina Nacional de Derecho de Autor, dijo que por contar con una legislación como la 65-00 el país tiene ya protección digital para el autor, el intérprete y el productor, “al establecer sanciones sobre las medidas de protección a las obras y a las producciones, y a la forma de identificación de las obras digitalmente”.

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