11 de Febrero del 2002 • Edición número 1,241
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Los proyectos de leyes abortados en el Congreso

La premura, la diligencia, la inusual presteza que exhibieron los legisladores al momento de discutir y aprobar la reforma constitucional contrasta con su penoso ritmo de discusión y aprobación de proyectos efectivamente urgentes




Por Pedro Canó

Un examen de la lista de proyectos de leyes que perimieron en el Congreso de la República al terminar la pasada legislatura, el día 12 de enero de 2002, obliga a la reflexión en torno a la capacidad de los legisladores para realizar su trabajo y mantenerse al ritmo que requiere la sociedad que los ha elegido para ocupar sus curules.

Hay más de un centenar de expedientes por conocer en las cámaras legislativas que han perimido al final de la pasada legislatura. Muchos de éstos son solicitudes de pensiones o de compra de activos. Otros, empero, son proyectos de leyes determinantes, importantes, necesarias para el sano y fluido desenvolvimiento de la vida nacional en varias esferas.

Un proyecto perime cuando pasan dos legislaturas consecutivas sin que se le conozca y apruebe. En los casos que citaremos a continuación, apenas tres, no se trata de proyectos reguladores de uno o varios aspectos de la vida social, sino de cambios urgentes y profundos en la estructura de convivencia que rige a la sociedad dominicana.

Se trata, pues, de hitos. El Congreso, sin embargo, los tiene allí, como si fuera su función la de proteger los fajos, no la de parir la ley para que, viva, salga por las calles a normar la vida de quienes, a su vez, viven y mueren en el país todos los días.

LA REFORMA POLICIAL
Hay tres proyectos de Reforma Policial en carpeta. Cada uno tiene sus defensores. Entre ellos, sobre todo entre el que desarrolló la Cámara de Diputados y el que desarrolló la propia Policía Nacional, hay diferencias esenciales, sustentadas desde posiciones que parecen irreductibles.
Tal ha sido el ir y venir del proyecto entre comisiones creadas ad hoc y representantes de la sociedad civil y de la propia institución que se pretende reformar, que los antagonismos han desvirtuado el debido curso de la discusión.

Lo que se discute es, en esencia, el rol futuro de la Policía Nacional. El proyecto de la Cámara de Diputados ha recibido el respaldo público de Participación Ciudadana, entre otros grupos de la sociedad civil que entienden que la Policía debe ser un cuerpo “de naturaleza puramente civil”.

El proyecto –en la versión de la Cámara- se ha discutido, revisado, adecuado a las exigencias de sectores oficiales y civiles, pero aún no pasa. El problema: suprime los tribunales policiales para casos en que los oficiales policiales actúen fuera de servicio regular –un fallo de la Suprema Corte de Justicia da la razón a los legisladores en este punto- y, al suprimir el orden jerárquico vigente, elimina la Plana Mayor de la uniformada, grupo que se maneja con las prerrogativas con que lo hacen los altos mandos castrenses en sus respectivas instituciones. Además, traspasa las investigaciones criminales a la Procuraduría General de la República. Todo lo anterior resultó inaceptable para la pasada jefatura policial; para la actual, ya veremos.

Sin embargo, nada impide que el Congreso Nacional, en ejercicio de sus atribuciones legales, dé curso a la propuesta y apruebe lo que es de por sí una necesidad: la ley que crea el instrumento idóneo para la profesionalización y modernización del cuerpo del orden, incluyendo la impresión de un carácter comunitario, como se ha venido exigiendo desde hace años.

Resulta perentorio, pues, realizar la reforma aun cuando el propio Presidente Mejía haya anunciado, como lo hizo en su momento, que vetaría una ley que despojara a la Policía Nacional de los privilegios y la jurisdicción especial de que ha disfrutado por tanto tiempo.

Al fin y al cabo, y en palabras de Francisco Domínguez Brito, “la Policía no es el fin de la reforma, no es el objetivo central, ya que el objetivo central somos nosotros, los ciudadanos”.

ESTATUTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
La Reforma Constitucional del 1994 abrió las puertas a un largo, interesante, aunque a veces lastimero, proceso de reforma de la Justicia dominicana.

Es cierto que desde ese año se ha avanzado mucho, que la Suprema Corte de Justicia ha logrado jugar el rol que en derecho le corresponde, y que la soberbia política, sobre todo la que históricamente ha exhibido la amplia sombrilla del Poder Ejecutivo, le había escamoteado durante casi todo el siglo XX.

Es cierto que se han dado pasos importantes en el sentido de la institucionalización del Poder Judicial. Pero el cuadro de progresos es incompleto si no se incluye al Ministerio Público. Hasta ahora ha sido así.

El proyecto que descansa en el Congreso otorga independencia al Ministerio Público y crea los mecanismos para la evaluación de sus ejecutorias. Crea el Consejo Superior del Ministerio Público. Asimismo, obliga a sus miembros a mantener un ritmo constante de capacitación y actualización de conocimientos.

En fin, se trata de un remozamiento profundo del mecanismo de ejecución del Ministerio Público, cónsono con el espíritu de independencia y puesta al día de los procesos que se han venido gestando desde el 1994.

El país sigue a la espera de que el Congreso lo apruebe.

CÓDIGO MONETARIO Y FINANCIERO
La aprobación del Código Monetario y Financiero por parte del Congreso coronaría un largo proceso de cabildeo y acuerdos, de estudios, y lleva y trae. Sería la cristalización de las esperanzas de los sectores productivos. Pero no.

Sometido a la consideración de la sociedad y del Congreso hace no menos de 5 años, perimió en la legislatura cuyo período de prórroga concluyó el día 12 de enero recién pasado.

Su primer artículo establece los alcances institucionales, ya que reza: “Se aplicará al Banco Central de la República Dominicana, a la Superintendencia de Bancos, a los Bancos de Servicios Múltiples, a los Bancos de Ahorros y Créditos, a las Corporaciones de Créditos, a los Grupos Financieros, al Banco Nacional de la Vivienda, a las Asociaciones de Ahorros y Préstamos para la Vivienda y a cualesquiera otras instituciones bancarias que puedan surgir en el país, así como aquellas que no sean objeto de supervisión por parte del Estado y que a juicio de la Junta Monetaria ameriten ser supervisadas”, vale agregar a las Administradoras de Fondos de Pensiones.

El código propuesto regula la emisión monetaria y el régimen de cambio de la moneda extranjera; regula las funciones y la operación del Banco Central, de la Junta Monetaria y de la Superintendencia de Bancos, así como de las instituciones bancarias; establece el Programa Monetario que el Banco Central deberá someter a la Junta Monetaria cada año.

En efecto, el Código Monetario es un marco legal moderno y consensuado. Seguimos esperando.

ALGUNOS PROYECTOS PERIMIDOS

Proyecto de ley mediante el cual se introducen modificaciones a la Ley de Reforma Arancelaria Nº 146-00

Intenta adaptar el sistema arancelario dominicano a las realidades que imponen los acuerdos de libre comercio ya suscritos y pendientes de suscripción y aprobación, al tiempo que busca adecuar las características de la tributación por concepto de aranceles a las necesidades de un Estado moderno.

Anteproyecto de Ley de Migración

Este proyecto tiene el propósito de poner al día la legislación vigente en torno las migraciones. De interés particular es el establecimiento de un nuevo marco legal para el manejo de la inmigración haitiana.

Proyecto de ley que crea la Secretaría de Estado de Ultramar

Esta dependencia fue una promesa de campaña electoral. La ley que crearía ese ministerio ha sido largamente anhelada por los dominicanos que viven en el exterior. Sería el vínculo institucional por excelencia entre ellos y su terruño.

Proyecto de ley mediante el cual se faculta al Congreso a dar seguimiento a la ejecución presupuestaria de los recursos del Estado y obliga a los organismos del Poder Ejecutivo y al Poder Judicial a remitir informaciones periódicas relacionadas con la ejecución del presupuesto.

La ley que facultaría al Congreso a supervisar la ejecución presupuestaria intenta hacer más transparente aún la administración del Estado. Su carácter es sobre todo preventivo, toda vez que a partir de ella uno de los poderes del Estado quedaría facultado para ejercer funciones de fiscalización de las acciones ejecutivas de otros dos.

Proyecto de Ley de Reforma Policial

Largamente deseada, discutida hasta el cansancio; manzana de múltiples discordias. La Ley de Reforma Policial ha tenido una vida agitada. Hay tres versiones, que parten de dos concepciones diferentes sobre el rol de la institución. Mientras una formaliza su carácter de cuerpo civil, otra mantiene esa ya consuetudinaria estructura y modos militares.

Proyecto de ley que crea el Estatuto del Ministerio Público

Para quienes se las ven diariamente con los procesos judiciales en las distintas cámaras, se trata de una necesidad inaplazable. Empero, es larga ya su permanencia en el Congreso para fines de aprobación. La bondad de este proyecto de ley se debe, sobre todo, a que establece la independencia del Ministerio Público –Fiscalía y Procuraduría-, tanto en el ámbito administrativo como en el presupuestario.

Proyecto de ley que formula el Código Monetario y Financiero

Si se aprobara hoy, la calificación del país subiría en el mundo financiero internacional. Reorganiza el entorno bancario, moderniza la política monetaria y prevé situaciones que podrían llevar al desequilibrio económico, para las cuales provee correctivos apropiados. Ha sido largamente discutida, revisada. Sin embargo, sigue siendo un anhelo.


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