30 de julio de 2001 • Edición número 1,213
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Guillermo Moreno
Ciudadanía

Justicia penal ineficiente


A pesar de la reforma judicial que se viene implementando desde 1997, la justicia penal dominicana, sigue siendo notoriamente ineficiente. Esto se refleja en dos datos cruciales: Un 85 % de las personas encarceladas están en condición preventiva y más del 50% de los expedientes que ingresan al sistema penal, prescriben sin una decisión definitiva.

Siempre se ha afirmado que la causa de esta ineficiencia se debe al desempeño de los jueces penales. Antes de la reforma judicial, era difícil no creer esta aseveración. Ciertamente, esa judicatura se caracterizó por tener muchos jueces incapaces, poco laboriosos y muy corruptos. Además, la justicia se desenvolvía en condiciones muy precarias. Igual puede decirse de la situación del Ministerio Público de esos años.

Si algo ha puesto en evidencia la reforma judicial, en el ámbito penal, es que los factores enumerados, si bien influían, no eran las causales fundamentales de la ineficiencia de la justicia penal. Esto así porque la actual judicatura, de modo general, es proba, es muy laboriosa, hace un esfuerzo sostenido de capacitación, y es evidente que las condiciones materiales de trabajo han mejorado sustancialmente. Sin embargo, conforme muestran sus resultados, la justicia penal sigue siendo ineficiente. Se nos plantea entonces auscultar las causas, en otros ámbitos.

El nudo gordiano de la ineficiencia de la justicia penal dominicana, está en la estructura jurídica que sirve de soporte al proceso penal dominicano. Por eso, afirmo, no hay ninguna, absolutamente ninguna posibilidad de hacer eficiente la justicia penal, sin una reforma profunda de los Códigos de Procedimiento y Penal Dominicanos. Esto significa que no importa aumentar el número de jueces, o que laboren mayor número de horas, o más empleados o más tecnología. Serán paliativos y no soluciones al problema de fondo. Al poco tiempo, cualquier mejoría se retrotrae a la situación anterior.

Para explicar esta relación de causalidad entre la obsolescencia de la normativa y la ineficiencia de la justicia penal, hay que decir que el proceso penal dominicano, está diseñado para que, prácticamente, todo expediente que ingresa, luego de un ritual de formularios, desemboque en un juicio para conocer el fondo de la acusación. Tanto si se trata de una bagatela o un crimen mayor; si es un delito económico o un crimen de sangre. Es natural entonces que los jueces penales estén siempre abarrotados de expedientes.

Por esto, entre las reformas más importantes que se plantean,está la introducción de medidas alternativas como modo de solución de algunos conflictos penales, las que podrían ser adoptadas por las autoridades judiciales en el curso del proceso penal. Así, la única respuesta que tendría el sistema penal no sería la prisión, ni en todos los casos los expedientes tendrían que llegar a juicio para obtener una decisión.Esto implica una disminución de los expedientes en juicio y daría lugar a que los jueces puedan concentrarse en conocer las infracciones más graves.

La otra causa de ineficiencia de la justicia penal, es la debilidad endémica de toda la estructura de investigación y de reunión de las pruebas, lo que da lugar a expedientes de difícil sostenibilidad. Me refiero al hecho de que, a pesar de corresponder al Ministerio Público el rol de acusador, la investigación y la elaboración del expediente le es extraña. La primera razón se debe a que en la casi generalidad de los casos, la investigación que sirve de fundamento a la inculpación, la realiza la Policía Nacional, actuando como un cuerpo autónomo. En el caso de los crímenes, el juez de instrucción es el que completa la investigación. El Ministerio Público se presenta así, al juicio penal, a sostener su acusación, en base a un expediente de formularios, con pruebas, en muchos casos, ilegalmente obtenidas. No es de dudar entonces, que en la jurisdicción de juicio, ese expediente esté expuesto a todo tipo de incidentes y artimañas procesales y los procesos sean prolongados, tortuosos y frustratorios.

Por eso, otro ángulo importante de la reforma procesal penal consiste en entregarle al Ministerio Público el monopolio de la investigación de las infracciones. Este aspecto de la reforma implica, en primer lugar, suprimirle a la Policía Nacional las funciones de policía judicial,y crear una policía técnico-judicial, adscrita y auxiliar del Ministerio Público. También la supresión de la jurisdicción de instrucción y la creación de un juez de garantías que sirva de control y contrapeso al Ministerio Público durante la investigación de las infracciones.

En este nuevo contexto procesal, en ningún caso, el expediente se completaría en la fase de juicio, y éste último sólo tendría lugar, cuando el Ministerio Público complete y avale en pruebas legales su investigación, siempre bajo el control del juez de garantías.

Por todo lo expuesto, sólo en una perspectiva de reforma profunda de la normativa procesal y penal, se podrá hacer eficiente la administración de la justicia penal. Esta reforma daría lugar a una mayor protección y garantía de los derechos fundamentales de los justiciables, pero eso necesita de una exposición aparte.




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