Guillermo Moreno
Ciudadanía
La reforma constitucional
y los trabajos de la comisión
A pesar de las mentiras difundidas y las tergiversaciones intencionales, son notables los resultados alcanzados por la comisión especial creada por el Poder Ejecutivo con el objeto de hacer recomendaciones sobre la reforma de la Constitución dominicana. Al inicio de sus trabajos se crearon siete sub-comisiones para hacer propuestas sobre las diversas temáticas de la Constitución. Luego de celebrar innúmeras reuniones y consultas cada subcomisión entregó los resultados de su trabajo.
Desde hace dos semanas la comisión conoce el informe de la subcomisión de forma de modificar la Constitución. En esta temática la plenaria de la comisión, sin la objeción expresa de ningúno de sus miembros, aprobó recomendar al Poder Ejecutivo: i) Declarar por ley la necesidad de modificar los artículos 116, 117 y 118 de la Constitución de la República Dominicana; ii) Además, que la modificación de los artículos enumerados tiene por objeto crear la Asamblea Nacional Constituyente, electa por voto popular; asegurar que la integración de ésta se haga con el equilibrio debido entre los partidos políticos, las demás representaciones sociales, la presencia significativa de la mujer, por residentes en distintos municipios del país y por los dominicanos residentes en el exterior", entre otras características; iii) Que la elección de los miembros se haga conjuntamente con las elecciones de mayo del 2002 o con posterioridad a ellas; iv) Que los candidatos a la Constituyente deben reunir las mismas condiciones que para ser diputado; y v) Incluir el referéndum para rechazar o ratificar el contenido de la reforma constitucional.
Sobre la forma de modificar la Constitución, la plenaria tiene pendiente decidir sobre varios temas muy polémicos. El que más llama la atención es el relativo a la proporción en que deben participar, en una eventual Constituyente, los partidos políticos y las demás organizaciones sociales, territoriales, sectoriales y cívicas. La subcomisión sobre la forma propuso que esta proporción sea de 50-50. Los argumentos que justifican esta propuesta son los siguientes: i) Lo verdaderamente característico de la Asamblea Constituyente es su representatividad de la diversidad de sectores que integran la sociedad: ii) Si bien los militantes activos de los partidos políticos representan importantes segmentos sociales en la sociedad dominicana de hoy, hay muchos otros sectores cuyos intereses y aspiraciones no se canalizan a través de los partidos políticos, existiendo múltiples manifestaciones de estos sectores, de su vocación para participar, por sí mismos, en la Constituyente; iii) La propuesta de 50-50 no busca ni restar méritos a los partidos ni competir con ellos, sino más bien crear las condiciones que aseguren que la Asamblea Nacional Constituyente electa sea auténticamente representativa; y iv) Por último, no teniendo nadie facultad para negociar porcentajes de representación, lo único posible es la igualdad de condiciones en la participación, lo que se asegura de una de dos formas: o los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente se eligen por voto directo de los ciudadanos, en proporción de un 50% de los partidos políticos y el otro 50% proveniente de la sociedad civil; o se dispone que los miembros de la Constituyente sean los candidatos más votados, sin importar si provienen de los partidos o de la sociedad civil.
Otro punto pendiente de decisión es la proporción de hombres y mujeres en la boleta de elección. La subcomisión propuso 50-50. Algunos alegan que en la mayoría de los partidos las mujeres no alcanzan el 10%. Esto puede ser cierto, pero olvidan de nuevo que lo que se discute es la composición de una Constituyente, y por tanto, el rasero a tomar en cuenta no es la proporcionalidad dentro de los partidos sino en la sociedad. En ésta, la mujer representa actualmente un 52 por ciento de la población dominicana. Además, distinto a lo que pasa en las estructuras partidarias, en las distintas esferas de la sociedad, en los últimos lustros, se asiste a una verdadera explosión en la participación de la mujer.
De mucha importancia será la decisión de quiénes y cómo se pueden proponer candidatos de la sociedad civil, dada la heterogeneidad de ésta. La propuesta de la subcomisión se resume así: que las candidaturas las formulen organizaciones sociales que demuestren existencia regular en los últimos tres años; que la lista de candidatos sea avalada por coaliciones de por lo menos tres organizaciones en las que al menos una tenga personería jurídica y sean respaldadas por un número de firmas no menor del 2% de los inscritos en el padrón electoral de la circunscripción de que se trate; que cada candidatura sea electa en asamblea pública y transparente.
Los trabajos de la comisión deberán dar lugar a una propuesta al Poder Ejecutivo en la que, además de especificar el modo de modificar la actual Constitución para crear la Asamblea Constituyente, electa por voto popular, también se aporten sugerencias sobre las características de su convocatoria, para que sea ésta, y no el Congreso, la que modifique integralmente la Constitución. La labor de la comisión relativa a los otros aspectos de la Constitución servirán de insumo para la ardua tarea de esa futura Constituyente.
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